ENTRADA EN VIGOR DEL NUEVO RIPCI (REAL DECRETO 513/2017)
27/07/2018
Las novedades incluidas en el nuevo RIPCI
La entrada en vigor del nuevo RIPCI se produjo el 12 de Diciembre del 2017 que aprueba el nuevo Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios.
En este nuevo RIPCI se regulan los siguientes aspectos:
- Las condiciones y requisitos que deben cumplir los equipos, sistemas y componentes de protección contra incendios.
- Las condiciones de habilitación y funcionamiento de las empresas instaladoras y mantenedoras.
- Condiciones para la instalación, puesta en servicio, mantenimiento mínimo e inspecciones periódicas de las instalaciones
- La obligación de las empresas mantenedoras y instaladoras a tener un sistema de gestión de calidad. Ex: ISO9001
Las principales novedades que aporta son:
- Extintores: Su instalación será sobre parámetros verticales, es decir, la parte superior del extintor estará situada entre 80 cm y 120 cm del suelo.
- Señalización: Sera necesario el mantenimiento de los sistemas de señalización.
- Manguera contra incendios (BIE): Su vida útil la establece el fabricante, sino es el caso, se considerará que su vida útil es de 20 años, pasado este periodo serán substituidos. También se llevarán a cabo las operaciones de inspección y mantenimiento (cada 5 años) de la manguera.
- Detectores de humos: La vida útil la establece el fabricante, sino se establece, su vida útil será de 10 años.
- Mantas ignífugas: Se mantendrán envasadas hasta su uso y su caducidad se indicará, pero no puede exceder los 20 años. Se seguirán las instrucciones de mantenimiento indicadas por el fabricante y su emplazamiento será visible y accesible.
- Inspecciones: Las empresas están obligadas a que se realice una inspección por parte de la OCA (Organismo de Control Autorizado). Las instalaciones existentes a la entrada en vigor, se someterán a la primera inspección a los 10 años de su puesta en servicio.